Tutorial conciso / Instrucciones útiles
para nuestros foros
Le suplicamos publicar y mantener anuncios gratuitos únicamente en foros muy relevantes aquí, por favor. Por ejemplo, una propiedad va únicamente en el foro dedicado al estado donde se encuentra. ¿Le parece? Suplicamos también que las respuestas que usted potencialmente publica sean directamente relevantes a los anuncios que usted contesta publicamente, por favor. Nuestra finalidad es no disminuir la experiencia de los casi 50 mil visitantes diarios a nuestros directorios mexicanos bilingües.
Aunque no es nuestro deseo tener que borrar TODOS los anuncios simultaneamente de algún miembro que no quiere respetar nuestra política de los contenidos relevantes, lamentablemente a veces es necesario hacerlo y hasta acabar con su membresía gratuita también. Si usted piensa que tiene un anuncio en un foro que no es muy relevante a los contenidos de su anuncio, le suplicamos borrarlo por si mismo, por favor, para evitar complicaciones potenciales. ¿Sí?
¿Quiere reportarnos cualquier anuncio aquí que debe de ser borrado o reubicado por nosotros? Quejas siempre son bienvenidas. Mientras, para dudas técnicas, le ofrecemos este tutorial.
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Ciertamente en su ciudad, no conozco que exista una oficina de consignaciones civiles, donde podría depositar el dinero a favor de la mueblería, lo que le ayudaría en caso de la demanda. Por otro lado todos los juicios tienen una etapa previa el juicio ára conciliar, ahí podría usted tratar de llegar a un arreglo, desgracidamente si su esposa firmó un pagaré primeramente la van a embargar, y después sería el arreglo, es decir, de alguna manera de todos modos ellos ganan, así que busque la negociación que lo perjudique menos. Lic. Miguel Angel Argumedo V. consuljuresp@axtel.net | ||||
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SU ESPOSA SEGURAMENTE FIRMO UNO O VARIOS PAGARES, SI TIENE CON QUE PAGARLOS, DEBE CONSULTAR UN ABOGADO EN CD. OBREGON, SON. PARA QUE PROMUEVA EN JURISDICCION VOLUNTARIA EL PROCEDIMIENTO DE CONSIGNACION Y PAGO A NOMBRE DE LA EMPRESA, ASI UN ACTUARIO DEL JUZGADO NOTIFICARA A SU ACREDOR PARA QUE RECIBA EL DINERO. ASI USTED SE LIBERA DE LA OBLIGACION Y EVITA QUE SIGAN CORRIENDO LOS INTERESES AL CUANDO MENOS DEPOSITAR EL ADEUDO PRINCIPAL, LE ACONSEJO GUARDAR LOS RECIBOS DE LO QUE HA PAGADO. ASI MISMO, EN EL CASO QUE EN EL INTER, LE REQUIERAN DE PAGO, PREVIA IDENTIFICACION PLENA DEL ACTUARIO, EN EL MOMENTO QUE LO REQUIERA DE PAGO HAGALO. SOLO LO REQUERIRA DEL ADEUDO PRINCIPAL, DEBIDO A QUE LOS INTERESES SE LIQUIDAN AL FINAL DE JUICIO.
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Antonio. Si vos crees que en 15 días puedes pagar, yo diría que esperes y hagas una consignación de lo que debes. Claro que tendrás que consignar además de la deuda, los intereses. Si lo haces de esa manera, no pueden quitarte las cosas.Eugenia. pons_eugenia@hotmail.com | ||||
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